Lucro cesante ¿cómo evitarlo?
Dentro de la responsabilidad civil, existe un concepto muy particular que es el de lucro cesante, uno de los dos componentes de cualquier indemnización. Está estipulada en el art. 1101 del Código Civil y se entiende por lucro cesante a las ganancias dejadas de percibir por incumplimiento de un deudor. En el artículo de hoy ahondamos en este término y en todo lo que implica para los autónomos, pymes y empresas en general.
En España hay más de 3 millones de autónomos que se rigen por leyes específicas, pues trabajan bajo la doble consideración de empresarios y trabajadores al mismo tiempo. El ordenamiento jurídico español se rige por la máxima de que “quien rompe, paga”, lo que se traduce en que si causamos un daño patrimonial a otro, bien sea por responsabilidad civil o por incumplimiento contractual, debemos repararlo.
Entre estos posibles daños encontramos el concepto de “lucro cesante”, que se refiere a la ganancia que el perjudicado deja de percibir por dichos daños. Para poder reclamar lucro cesante, se deben cumplir tres requisitos fundamentales:
• Que se pruebe el perjuicio que se reclama.
• Que puedan ser determinadas las cuantías que se han dejado de percibir por el daño causado.
• Que haya nexo causal entre el perjuicio y las ganancias que se hayan dejado de percibir.
Soy autónomo, ¿cómo percibo el lucro cesante?
El caso de los autónomos es más complejo porque, como comentábamos anteriormente, trabajan bajo la figura simultánea de jefe y empleado, lo que significa que sus ganancias dependen de que ellos mismos las produzcan.
Supongamos entonces que eres autónomo y de camino al coworking donde trabajas, un coche te ha arrollado al saltarse un semáforo en rojo. En este caso eres la víctima y no has tenido culpa en lo que ha ocurrido, por lo que podrás reclamar la cantidad que corresponda por los daños y perjuicios que dicho arrollamiento te haya causado. En este caso, el lucro cesante tiene la finalidad de compensar las ganancias que no han podido ser percibidas como consecuencia del accidente.
La compensación a recibir se calculará mediante el Baremo de Tráfico y se tendrá en cuenta el tiempo que el afectado esté en recuperación e imposibilidad para trabajar hasta que se le dé el alta médica. También entrará en valoración la gravedad de las lesiones y el grado de cuidados que requirió (UCI, hospitalización, baja laboral prolongada).
En el caso de los accidentes de tráfico que dejan secuelas, tienen derecho a la indemnización no solo el autónomo afectado, sino cualquier persona dedicada al hogar, en paro o preparada para entrar al mercado laboral.
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